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Se abre la vía penal contra el Gobierno

Actualizado: 14 abr 2020

Una jueza abre la vía penal contra el Gobierno por no prohibir el 8-M ante el virus.


Declara la apertura de diligencias previas y solicita que se practique una batería de pruebas para confirmar la existencia de responsabilidades

Declara la apertura de diligencias previas y solicita que se practique una batería de pruebas para confirmar la existencia de responsabilidades.


www.elconfidencial.com BEATRIZ PARERA


25/03/2020 14:12 - ACTUALIZADO: 25/03/2020 19:43


LA TITULAR DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 51 DE MADRID, CARMEN RODRÍGUEZ-MEDEL, HA ABIERTO LA PRIMERA VÍA PENAL CONTRA EL GOBIERNO CENTRAL POR LA CELEBRACIÓN DE MANIFESTACIONES MULTITUDINARIAS, COMO LA DEL 8-M, EN LOS DÍAS PREVIOS A QUE SE DECLARARA EL ESTADO DE ALARMA. TRAS RECIBIR POR REPARTO DE DECANATO, EL PASADO VIERNES 20 DE MARZO, LA DENUNCIA DE UN PARTICULAR CONTRA EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO, PEDRO SÁNCHEZ, Y CONTRA TODOS LOS DELEGADOS DEL GOBIERNO DE LAS DIFERENTES COMUNIDADES AUTÓNOMAS, LA MAGISTRADA HA INCOADO DILIGENCIAS PREVIAS EN EXCLUSIVA RESPECTO AL DELEGADO DEL GOBIERNO DE MADRID, JOSÉ MANUEL FRANCO, EL ÚNICO SOBRE EL QUE TIENE COMPETENCIA.


La magistrada pide a la persona que denunció que, si lo estima,traslade el procedimiento ante los órganos competentes: sobre el presidente del Gobierno, ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo, y sobre el resto de delegados del Gobierno, ante los órganos judiciales de sus comunidades autónomas. Explica en un auto que las diligencias previas se incoan frente al delegado del Gobierno de Madrid por un presunto delito de prevaricación administrativa y/o lesiones por imprudencia profesional.


Además de abrir la investigación, la jueza ordena una batería de diligencias de investigación a la Policía, la Guardia Civil y al médico forense, con expresa advertencia de que no son urgentes y que deberán, por tanto, practicarse cuando su disponibilidad lo permita a la vista de la evolución del estado de alarma. La denuncia, que no solo se limitaba a la celebración de la masiva manifestación del Día de la Mujer, detalla que en la comunidad hubo 77 reuniones multitudinarias desde que, el 2 de marzo, el Centro Europeo para el Control y Prevención de Enfermedades emitiera un informe de aviso.


La jueza constata que el derecho de reunión que protege la Constitución debió limitarse debido a la "desproporcionada perturbación de otros bienes", en este caso, la vida y, en concreto, "si en el momento de la decisión gubernativa se tenían suficientes datos". Pese a ello, alberga serias dudas sobre la calificación de los hechos que realiza el denunciante. "La calificación jurídica puede ser esta o puede ser esta en concurso con otras", indica.


Interrogantes

El auto indica que existen, a día de hoy, una serie de interrogantes sobre los que nada se sabe. Explica que se desconoce si el informe del centro europeo fue remitido oficialmente a España, en qué fecha y a qué autoridad. Tampoco se conoce si la Delegación del Gobierno fue instada a alertar sobre el peligro de propagación del virus en estas concentraciones o incluso a prohibir o autorizar su celebración.

Por eso considera necesario reclamar una serie de diligencias. Reclama al médico forense un informe sobre si las manifestaciones fueron susceptibles de causar riesgos evidentes para la vida y, en el caso de que concluya que sí, si esta circunstancia era notoria en aquel momento. Solicita, además, una estadística de probabilidad en la que se le indique si hay datos que evidencien el daño. "Por ejemplo, a la vista del índice de personalidades relevantes que acudieron", indica.

Ordena a Policía y Guardia Civil que rastree el informe del centro europeo y la existencia o inexistencia de recomendaciones sanitariasdel Gobierno central en los días previos a las concentraciones masivas. También todas las comunicaciones hechas a la Delegación del Gobierno y si se instó a la toma de medidas de precaución como guantes o mascarilla para acudir a esas marchas.


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1 Comment


manuel.aldavero
Apr 24, 2020

Ya era hora de poner freno a este despropósito de pretender cambiar el sistema adjudicándose una representación partidista para cambiar el orden constitucional.

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